Contratar discapacitados cuenta con importantes ayudas y subvenciones, que pueden alcanzar hasta los 7.000 euros por contrato. Desde Canedo Abogados te exponemos las distintas bonificaciones, según él contrato.
CONTRATO TEMPORAL
Bonificaciones de la cuota empresarial de la Seguridad Social. Contratar temporalmente a un discapacitado cuenta con una desgravación total de la cuota de la Seguridad Social durante la vida del contrato en el caso del primer discapacitado, del 75% para el resto; del 90% si son mujeres mayores de 45 años y 80%, si están por debajo de esa edad. En general, se calcula una bonificación de la cuota empresarial de la empresa que alcanza los 3.500 euros anuales, una cantidad que sube hasta los 4.100 euros si es mujer o si es mayor de 45 años y a los 4.700 euros si es mujer mayor de 45 años. Si la discapacidad es severa, las cantidades se incrementan hasta los 4.100, 4.700 y 5.300 euros anuales, respectivamente.
Subvención de hasta 901,52 euros por adaptación de puesto de trabajo.
CONTRATO INDEFINIDO
Bonificación de la cuota empresarial total. Es del 90% para mayores de 45 años y del 100% si son mujeres; 70% en menores de 45 años y 90 % si son mujeres. Las bonificaciones se aplican durante toda la vida del contrato, con independencia de si son a tiempo completo o parcial. En general, se establecen bonificaciones de la cuota empresarial de la Seguridad Social de 4.500 euros anuales, que sube hasta los 5.350 euros si es mujer y hasta los 5.700 euros para los mayores de 45 años. Cuando se trata de una discapacidad severa, estas cuantías se elevan hasta alcanzar los 5.100, 5.950 y 6.300 euros anuales, respectivamente. Estas cantidades se ajustarán en los casos de contratos a tiempo parcial, de acuerdo con el porcentaje recogido más arriba.
Subvención de 3.907 euros, al comienzo del contrato. Se modulará para los contratos indefinidos a tiempo parcial, en función de la jornada.
Deducción del Impuesto de Sociedades de 6.000 euros por cada contrato.
Subvención de hasta 901,52 euros en concepto de adaptación de puesto de trabajo.
Integración en cooperativas y sociedades laborales. Hasta 10.000 euros por cada trabajador discapacitado que se incorpore. Si es a tiempo parcial, la cuantía de la ayuda es proporcional a la jornada efectiva.
El tiempo mínimo de pertenencia es de tres años, si fuese inferior deberá ser sustituido por otro trabajador con discapacidad.
CONTRATO DE FORMACIÓN O EN PRÁCTICAS
Contratos de formación o contratos en prácticas. En este caso, la empresa tiene derecho a la reducción del 50% de la cuota de la Seguridad Social el tiempo de duración de contrato. También se beneficia de una subvención para adaptar el puesto de trabajo, siempre que el contrato dure, como mínimo, un año.