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El Tribunal Constitucional justifica el contrato de emprendedores (1 año periodo de prueba) por el alto paro actual

El tribunal defiende que es una medida adoptada en un contexto de grave crisis económica y que, este tipo de contrato, tiene la finalidad de potenciar la iniciativa empresarial como medio de crear empleo estable para las PYMES.

El Tribunal Constitucional ha hecho pública la sentencia en la que Pleno avala entre otros conceptos, el contrato de apoyo a los emprendedores, que permite al empresario, antes de que termine el periodo de prueba, prescindir del trabajador sin indemnización alguna. Según elTribunal Constitucional esta medida hace atractiva la contratación indefinida.

Ante muchas críticas y requerimientos, el Tribunal Constitucional asegura que un año de prueba permite a las empresas no solo comprobar a la capacitación y aptitud del trabajador contratado, sino también la sostenibilidad económica del nuevo puesto de trabajo.

Viñeta de Alfons López

Viñeta de Alfons López

El Tribunal Constitucional pone de manifiesto también las “importantes limitaciones o condiciones legales” que fija la ley para que los empresarios puedan recurrir a esta modalidad de contrato y, en su caso, a la rescisión de contrato durante el periodo de prueba. Se refiere a que las empresas de menos de 50 trabajadores sólo podrán recurrir a esta modalidad de contrato mientras la tasa de paro sea superior al 15%, y a que, para no perder los incentivos previstos, no podrán alterar el nivel de empleo en la empresa durante un año y deberán mantener en su puesto al trabajador durante al menos tres años más.

Desde Canedo Abogados pensamos que el establecimiento de un periodo de prueba de un año, frente a los seis meses de máximo fijados hasta ahora en los contratos temporales, vulnera el derecho al trabajo, a la igualdad, a la negociación colectiva y a la tutela judicial efectiva.

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