El Consejo de Ministros aprobó el pasado 18 de julio, en el marco establecido en el Programa Nacional de Reformas, un Proyecto de Ley que pretende modificar el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social en relación con el régimen jurídico de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.
El Proyecto incluye dos grandes bloques. El primero afecta a la naturaleza jurídica de estas Entidades, incluyendo un cambio en su denominación, pues pasarían a denominarse Mutuas Colaboradoras de la Seguridad Social. Asimismo, regula aspectos relativos a su naturaleza, gobernanza, régimen económico y reservas, responsabilidades y funciones y determinados aspectos de la gestión de la prestación por incapacidad temporal. Finalmente, se concede un plazo hasta el 31.3.2015 para que las Mutuas vendan el 100% de sus participaciones en las Sociedades de Prevención constituidas por ellas mismas.
El segundo bloque del Proyecto se corresponde con una importante reforma de la prestación por cese de actividad de los trabajadores autónomos (regulada por la Ley 32/2010, de 5 de agosto), con el objetivo de simplificar los trámites para acceder a la misma y, en definitiva, hacer más asequible su percepción. Además, se desvincula su aseguramiento respecto de la protección de las contingencias profesionales.
La aprobación de dicho Proyecto de Ley, junto con su remisión a la Mesa del Congreso de los Diputados para su publicación, significa el inicio de su tramitación parlamentaria.
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