MODICIFACIONES DE CONDICIONES CONTRACTUALES:
INDEMNIZACIÓN: SOLO SI HAY PERJUICIO
Si una empresa tramita una modificación sustancial de condiciones de trabajo, los afectados tienen tres opciones, acatar la modificación, impugnarla ante los tribunales para ser repuestos en sus anteriores condiciones, o solicitar la extinción de su contrato con derecho a indemnización de 20 días por año de trabajo con un tope de nueve mensualidades.
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