Si estas buscando piso, te conviene saber cuáles son tus derechos fundamentales como inquilino de acuerdo a lo establecido en la Ley de Arrendamientos Urbanos. Si eres un inquilino novato debes empaparte sobre tus derechos. Desde Canedo Abogados te ponemos al día.
- Duración mínima del alquiler: 3 años.
La duración mínima del contrato de alquiler es de 3 años. El propietario puede recuperar la vivienda tras un año de alquiler si la necesita para él o familiares directos, pero debe avisar a su inquilino con una antelación mínima de 2 meses. El plazo comenzará a contar desde la fecha del contrato o desde la puesta a disposición del inmueble si esta fuese posterior.
- Tras los primeros 6 meses de alquiler, el inquilino puede dejar el piso, siempre que avise con 30 días de antelación.
El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique al arrendatario con una antelación mínima de treinta días. Las partes podrán pactar una indemnización por desistimiento de contrato con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización.
- Casero e inquilino pueden actualizar la renta en los términos que ellos acuerden libremente.
Durante la vigencia del contrato la renta sólo se podrá actualizar por el arrendador o el arrendatario en la fecha que se cumpla cada año de vigencia, en los términos pactado por las partes. La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes siguiente a aquel en que la parte interesado lo notifique a la otra parte por escrito.
- El casero debe asumir las reparaciones necesarias para conservar la habitabilidad de la vivienda.
Cualquier reparación necesaria para conservar la habitabilidad de la vivienda correrá a cargo del arrendador.
- El arrendador debe facilitar al arrendatario los recibos o pruebas escritas del pago del alquiler.
Tienes derecho a tener prueba escrita de que pagas el alquiler. Esta prueba puede ser mediante recibos o si pagas por transferencia bancaria, el extracto de la misma puede servir como recibo.
- El casero no puede entrar en la finca alquilada sin premiso previo del arrendatario.
¿Puede el casero entrar en tu casa alquilada? NO. ¿Y si incluye un cláusula en el contrato en la que dice que le das permiso para entrar? NO. ¿Y si quere entrar para enseñar el piso porque estás a punto de irte? NO. El casero sólo puede entrar en la finca con tu consentimiento previo o con autorización judicial.
- Se puede sustituir total o parcialmente el pago de la rento por el compromiso del inquilino de reformar o rehabilitar la vivienda.
Podrá acordase entre la partes, durante un plazo determinado, la obligación del pago de la renta puede reemplazarse total o parcialmente por el compromiso del arrendatario de reformar o rehabilitar el inmueble en los términos y condiciones pactadas. Al finalizar el arrendamiento, el arrendatario no podrá pedir en ningún caso compensación adicional por el coste de las obras realizadas en el inmueble.
¡Hola! Me dirijo a ustedes para una consulta muy importante por favor. Relacionada con el punto 6 del artículo.
¿Para un contrato firmado antes de junio del 2013, es legal que un casero haya puesto en el contrato de alquiler de una casa terrera de dos plantas con patio (siendo la baja la que yo alquilo) que él puede entrar al patio a cualquier hora y día?
Está pasando esto…y no sólo él sino personas que envía , a las que les da la llave aparecen a cualquier hora y día con excusas…que van a coger flores del jardín…a inspeccionar el tejado por si llueve. Y muchas veces la misma persona haciendo trabajos en negro durante semanas, entrando y saliendo a cualquier hora por delante de la misma puerta de mi salón.
¡Muchísimas gracias!
me pasa lo mismo y tampoco se si es legal. estamos muy hartos tbien. si pudieran responder estaria agradecida tambien. ademas despues de 8 años de alquiler consegui que cambiaran la instalacion electrica que estaba muy mal, se quemaban los puntos de lua y saltaba todo cada dos por tres, al final decidieron hacer la reforma bajo amenaza de arreglarlo nosostros y pasarles la factura. nos tuvieron 9 dias con dos personajes en casa, lo destrozaron todo, rompieron muebles y nos insultaron. al final hartos de la demora y de aguantar tonterias les pedimos que se fueran. los dueños entendieron los motivos. esto fue en el mes de octubre, estamos casi en abril y nadie ha vebido a terminar la obra. es una verguenza y no se como actuar porque encima son familia (lejana)pero lo son y vienen de vez en cuando al piso de arriba se meten en nuestras cosas y en casa sin permiso.
Necesito saber qué pasó tengo que dar , ya que después de cinco meses alquilada me han venido a cortar el gas, el propietario me había dado mal los datos del instalador de gas, y estoy pagando su piso no el mío , el mío tiene una deuda anterior de 2500 euros y no los quiere pagar…increible…necesito un abogado? Denunciarlo? Donde voy?