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CONSEJOS PARA EMPRESAS: Acuerdos transaccionales

 

Uno de sus empleados le ha robado, por lo que usted podría despedirle de forma disciplinaria. Sin embargo, está pensando en pagarle una pequeña indemnización para evitar llegar a los tribunales…Su empresa va a efectuar un despido disciplinario, y aunque puede acreditar el incumplimiento de su trabajador prefiere negociar con él y pagarle una indemnización , a cambio de su compromiso de no iniciar un proceso judicial.  ¿Es válido actuar de ese modo? ¿Qué ocurre si igualmente le demanda?

Acuerdo transaccional

Pacto. Si su empleado acepta la oferta de su empresa, es válido firmar un acuerdo conforme él renuncia a interponer cualquier reclamación. A estos efectos:

 * Dicho acuerdo es viable aunque la indemnización ofrecida sea inferior a la de un despido improcedente.

 * La aceptación de esa oferta minorada no supone una renuncia del derecho a demandar. Apunte. Si no habido coacción y el trabajador acepta libremente el ofrecimiento de la empresa, lo que hay es un acuerdo o una transacción con el fin de evitar los riesgos que supone la judicialización del proceso (como, por ejemplo, el riesgo a que se declare la procedencia del despido y a que se quede sin cobrar nada).

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Consecuencias. La principal consecuencia de esta actuación es que la indemnización estará sujeta al IRPF de su empleado. Para que esté exenta se debe abonar en el acto de conciliación (hasta el límite de la indemnización por despido improcedente). Apunte. No obstante, teniendo en cuenta que usted puede acreditar la validez del despido disciplinario, a su empleado le interesa aceptar su oferta aunque el importe neto final se vea reducido.

Recomendaciones

Puede interesar. En ocasiones, puede ser recomendable llegar a un acuerdo, y evitar un juicio. Así, por ejemplo, si despide algún trabajador problemático o que tenga reconocido algún tipo de garantía (como un representante de los trabajadores o  un empleado que esté disfrutando de algún derecho relacionado con la maternidad o la paternidad). Actuando de este modo concluirá el expediente de inmediato y evitará los costes de contratar a un abogado.

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Cautelas. Para que el acuerdo sea válido y no haya problemas si su empleado le demanda, debe quedar claro el consentimiento de ambas partes. Para ellos, siga los siguientes pasos:

 * Por un lado, redacte la carta de despido detallando todas las causas disciplinarias que dan lugar al despido de su trabajador.

 * En un documento diferente, redacten el acuerdo alcanzado dejando claro que el trabajador reconoce los hechos que se le imputan y que el acuerdo se suscribe a efectos de evitar un proceso judicial.  Es recomendable que asisten testigos para evitar que su empleado alegue coacción en la firma.

 * Refleje el importe de la indemnización abonada. Si ésta es inferior a la indemnización por despido improcedente, haga constar ese dato en el documento redactando que su trabajador presta total conformidad al cobro de dicha cuantía.  Asimismo, indique que se da totalmente por saldado y finiquitado con su empresa y que no le queda nada más por reclamar.

 Si despide a un empleado y ambas partes acuerdan no acudir a los tribunales, dicho pacto es válido aunque le pague una indemnización inferior a la del despido improcedente. No obstante, la cuantía estará sujeta a retención.

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