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Consejos útiles en el trabajo (I): Movilidad geográfica ¿Estamos obligados a aceptarla?

Desde Canedo Abogados pensamos que en estos tiempos de crisis en lo que a trabajo se refiere hay mucho en juego. Estos consejos se deben tener  siempre en cuenta  en el trabajo para vivir con la seguridad de que no acabaremos equivocándonos al tomar una decisión por desconocimiento.

 Movilidad geográfica ¿Estamos obligados a aceptarla?

Desde Canedo Abogados en primer lugar expondremos  que se entiende por traslado. Este hecho se da cuando el trabajador que no haya sido contratado específicamente para prestar sus servicios en empresas con centros de trabajo móviles o itinerantes, sea destinado a un centro de trabajo distinto de la misma empresa que le exija cambios de residencia, de forma definitiva, o cuando un desplazamiento exceda de doce meses en un período de tres años.

 

Los motivos para el traslado deben ser producidos por la existencia de alguna de las siguientes razones: económicas, técnicas, organizativas, de producción por contrataciones referidas a la actividad empresarial. Se considerarán tales los que estén relacionados con la competitividad, productividad u organización técnica o del trabajo en la empresa, así como las contrataciones referidas a la actividad empresarial.

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Procedimiento a seguir depende si el traslado es considerado individual o colectivo. Los representantes de los trabajadores tendrán prioridad de permanecer en sus puestos de trabajo .Mediante convenio colectivo o acuerdo alcanzado durante el periodo de consultas se podrán establecer prioridades de permanencia a favor de trabajadores de otros colectivos, tales como trabajadores con cargas familiares, mayores de determinada edad o personas con discapacidad.

Desde Canedo Abogados les informamos que en caso de traslado individual la actuación del empresario debe ser la siguiente, en primer lugar el empresario notificará con una antelación mínima de treinta días a la fecha de la efectividad del traslado, al trabajador afectado y a sus representantes legales la decisión adoptada. Cuando el empresario, tratando de evitar el procedimiento establecido para los traslados colectivos, realizase traslados en períodos sucesivos de noventa días en número inferior a los establecidos para dicho procedimiento, sin que concurran causas nuevas que justifiquen tal actuación, se considerará en fraude de ley y serán declarados nulos y sin efectos.

En Canedo Abogados  informamos al  trabajador de las opciones que tiene si se le presenta esta situación. El trabajador podrá optar entre el traslado, percibiendo una compensación por los gastos propios que se produzcan por este motivo, así como los de los familiares a su cargo, en los términos que se convenga entre las partes, que nunca podrá ser inferior a los mínimos establecidos en los Convenios. La extinción de la relación laboral, percibiendo en este caso una indemnización de veinte días por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año, y con un máximo de doce mensualidades.

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Sin perjuicio de la ejecutividad del traslado en el plazo establecido, desde Canedo Abogados apoyamos al trabajador, si se muestra disconforme con la decisión empresarial, a que la impugne ante el Juzgado de lo Social. La sentencia declarará el traslado justificado o injustificado y, en este último caso, reconocerá el derecho del trabajador a ser reincorporado al centro de trabajo de origen. Si el empresario se negara a ello, el trabajador podrá solicitar la extinción del contrato con las indemnizaciones señaladas para el despido improcedente.

Desde Canedo Abogados esperamos que nuestros consejos les resulten útiles a la hora de tomar decisiones, y les animamos a que consulten nuestras siguientes publicaciones para que pueda seguir aprovechando nuestros consejos en materia laboral.

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SUELDO EXTRA POR IR A TRABAJAR EN BICICLETA

Desde Canedo Abogados les animamos a hacer Bicing. Cada vez son más los que dejan el automóvil en casa y prefieren salir a trabajar en bicicleta,  ahorran en gasolina, se olvidan del tráfico, ayudan al medioambiente y se mantienen en forma.

En Canedo Abogados pensamos que podríamos tomar ejemplo del país vecino, los ciclistas en Francia, además ganan un dinero extra. El Ministerio de Transporte francés anunció que las empresas incentivarán el uso de la bicicleta a sus trabajadores, pagándoles hasta 25 céntimos de euro por kilómetro en un trayecto máximo de 12 km . Los ciclistas galos están más que conformes con la nueva medida, ya que como aumentarán los ciclistas, también las ciudades serán mas empaticas con quienes pedalean, y estarán mas adecuadas  a sus necesidades.

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EL GOBIERNO REDUCIRÁ DE 41 A 5 LOS MODELOS DE CONTRATO

Desde Canedo Abogados queremos informarles, según lo que anuncio la Ministra de Empleo y Seguridad Social, que el gobierno está trabajando para reducir el número de modelos de contrato de 41 a 5, así como en unificar todas las bonificaciones contractuales existentes, con el fin de acabar con su actual dispersión normativa.

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LOS EMPLEADOS PÚBLICOS PODRÁN DISFRUTAR DEL PERMISO DE LACTANCIA CON INDEPENDENCIA DE QUE SU PAREJA TRABAJE O NO

El Ministerio de hacienda y Administraciones públicas ha emitido una resolución en la que establece que los empleados públicos podrán disfrutar del permiso de lactancia  con independencia de que su pareja trabaje o no. éste acuerdo se intentará trasladar al estatuto de los trabajadores para que se haga efectivo también a los empleados del sector privado.

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